APABANC TRAMITARÁ UNAS 1.000 DEMANDAS POR ACCIONES ANTES DEL 25 DE MAYO
La Asociación recomienda presentar las demandas antes del 25 de mayo por la posible prescripción de la acción judicial.
Más allá de las obligaciones contraídas por el MOU y el Rescate Europeo, “la actitud de pedir con la mano izquierda confianza en la ‘nueva Bankia’ y de imponer dureza con la derecha es incoherente, puesto que no se han atendido las dificultades sufridas por clientes, preferentistas y accionistas, a los cuales no les ha quedado más recurso que la acción judicial”, explica Ricard Torres, Presidente de Apabanc. En este sentido, y a petición de los propios afectados, Apabanc está tramitando cerca de 1.000 demandas por la salida a Bolsa de Bankia, cientos de ellas ya presentadas en su mayoría en los juzgados de Valencia y Madrid.
Las demandas que Apabanc está interponiendo solicitan al juez la nulidad por error de vicio en el consentimiento por la transmisión de información falsa en el proceso de comercialización de las acciones. “Estamos solicitando también la acción de responsabilidad civil por falsedad del folleto informativo que emitió Bankia, derivada de artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores, y por tanto la petición de devolución de la inversión al incumplir la entidad sus obligaciones” –añade Salvador Sastre, letrado de Apabanc, sobre el fundamento jurídico de las demandas.
La suscripción de acciones de Bankia se produjo por la creencia de que la entidad emisora ostentaba una buena situación patrimonial y estaba generando beneficios. Dicha creencia vino propiciada por la información engañosa plasmada por Bankia en los estados contables y en folleto informativo registrados con motivo del lanzamiento de su Oferta Pública. “Pero dichas cuentas no ofrecían una imagen fiel de su patrimonio. Venían además respaldadas por la auditora Deloitte que posteriormente ha sido sancionada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) por su mala praxis en aquel informe y pendiente ahora de imputación por la Audiencia Nacional” –recuerda Ricard Torres.
Para Salvador Sastre el hecho inequívoco es que Bankia no cumplió su deber de informar con veracidad acerca de su situación financiera para que los inversores pudieran tomar sus decisiones económicas con un adecuado conocimiento de causa. “De este modo, los suscriptores prestaron su consentimiento de forma errónea, como consecuencia de la situación de engaño causado por la actuación dolosa de la entidad emisora”.
Prescripción de las demandas
Aunque Bankia salió a Bolsa en julio de 2011 y la acción de anulabilidad del contrato por vicio del consentimiento prescribe a los cuatro años, Apabanc recomiendan iniciar acciones judiciales antes del próximo 25 de mayo. “Debemos distinguir, a los efectos de posible prescripción de la demanda, de un parte la acción de anulabilidad por vicio en el consentimiento, y por otra, la acción de responsabilidad por culpa civil contemplada en la Ley del Mercado de Valores”- Explica salvador Sastre. La primera de ellas tiene un plazo de prescripción de 4 años contados desde la OPS de julio de 2011, y la segunda un plazo de 3 contados desde el momento en que se tuvo conocimiento de la falta de veracidad del folleto informativo, cuando tuvo lugar la reformulación de cuentas de la entidad el 25 de mayo de 2012. Por lo tanto el plazo de ejercicio de esta segunda acción finalizaría el 25 de mayo de este año.
No obstante Apabanc recomiendo a los afectados que ejerciten ambas acciones en su demanda, por lo que es conveniente presentarla antes de mayo, lo que no quiere decir que con posterioridad no pudieran ejercitar la acción de anulabilidad.
No Comment
You can post first response comment.