El pasado 7 de mayo, el Banco de España recomendó a las entidades bancarias medir los riegos derivados de los litigios pendientes que pueden generar una nueva oleada de demandas judiciales, por lo que les recomienda realizar medidas de gestión y prevención adecuadas.
A este respecto el Banco de España indicó que se prevé que en la segunda mitad del año el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas en relación con la utilización del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios, conocido comúnmente como IRPH. Y en función de dicho pronunciamiento, si el mismo es favorable a los consumidores, se prevé un aumento de las demandas judiciales contra las entidades financieras que comercializaron prestamos bancarios con referencia al IRPH.
Ahora bien, pese a que en su informe el Banco de España únicamente hace referencia a las posibles demandas judiciales a las que se enfrentan las entidades financieras en función de la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en cuanto al IRPH, debemos indicar que las entidades tienen más frentes abiertos a la espera de una resolución por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en concreto:
Novaciones de las Cláusulas Suelo.
Estas novaciones son acuerdos que se firmaron entre los consumidores finales y los bancos en los que para eliminar la cláusula suelo de su hipoteca los consumidores finales se comprometían a no reclamar retroactivamente lo cobrado por la referida cláusula. En relación a estas novaciones el Tribunal Supremo ha tenido una posición vacilante, motivo por el que se han elevado cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, encontrándonos a la espera de una decisión al respecto.
Gastos Hipotecarios y Comisión de Apertura.
En cuanto a estos gastos hipotecarios, tras la última Sentencia del Tribunal Supremo donde establecía la nulidad de la cláusula de los prestamos hipotecarios que impone al consumidor el pago de todos los gastos, pero a su vez establecía un reparto de los mismo entre el consumidor y la entidad financiera, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 06 de Ceuta ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que éste último indique si una vez declarada la nulidad de una cláusula es conforme al Derecho de la Unión Europea la posibilidad de moderar o distribuir los gastos.
Por otro lado, el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Palma de Mallorca también ha elevado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el Impuesto de Actos Jurídicos Documentos y con la Comisión de Apertura.
En conclusión, podemos afirmar que tal y como ha indicado el Banco de España las entidades bancarias se enfrentan a un alto riesgo como consecuencia del potencial incremento de las demandas judiciales en función de los pronunciamientos que próximamente realice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativos al IRPF, novaciones de las cláusulas suelo, gastos hipotecarios y comisión de apertura de los préstamos bancarios.
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