Los productos estructurados, comercializados también como “depósitos estructurados” por el Banco Santander, pueden inducir a un engaño léxico, ya que estos productos no son como los depósitos tradicionales, donde la rentabilidad a percibir está pactada de antemano y cuentan con las garantías del Fondo de Depósitos.
Un depósito estructurado, como indica su propia denominación, solía consistir en una estructura o cesta que se constituía con un depósito a plazo fijo combinado con una inversión en renta variable (bien a través de una cesta de acciones o un fondo de inversión). Hasta ahora la forma más habitual de articularlos era esta combinación de dos productos con un riesgo muy distinto, con los que se trataba de garantizar la inversión (con el depósito) y ofrecer un plus de rentabilidad (si tenía éxito la inversión en renta variable).
Sin embargo, en los últimos productos que se están lanzando bajo esta o similar denominación, la mayoría de entidades ha suprimido esta dualidad y ha optado por vincular toda la inversión a la revalorización de un índice o unas acciones. De esta forma, el cliente puede obtener algo más de rentabilidad pero también se puede ir con las manos vacías a vencimiento, siendo cero la rentabilidad acumulada tras los dos o tres años que suele durar la permanencia de estos productos.
En que en la imposición a plazo fijo clásica la entidad se compromete a remunerar con una rentabilidad pactada en el momento de la contratación. Ahora sugiere una horquilla de rentabilidades mucho mayores que la de las imposiciones tradicionales, hoy por debajo del 2% en la mayoría de los casos. En los depósitos tradicionales el capital principal de la inversión está garantizado por el Fondo de Garantía de Depósitos hasta 100.000 euros. En los productos estructurados en los que una parte del capital está referenciado a una cesta de acciones, no existe garantía alguna.