Nulidad de la cláusula suelo y devolución de intereses que se han pagado de más

Cláusulas Suelo

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Desde APABANC, asesoramos a afectados por las cláusulas suelo en los contratos de préstamos hipotecario de cualquier entidad bancaria

¿Qué son las cláusula suelo?

Se trata de una cláusula que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo. La mayoría de hipotecas que se suscriben en España tienen un tipo de interés que se fija en función de un tipo de referencia, sobre todo se aplica el valor del Euribor, aunque también existen otros como el IRS (Interest Rate Swap) o el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), más un diferencial que varía en función de la entidad.

Así, se conoce como suelo de la hipoteca aquel que fija un porcentaje mínimo aunque el interés surgido de la suma del Euribor y el diferencial sea inferior. Ejemplo: Una persona tiene que amortizar los 100.000 euros de su hipoteca en 20 años. Se le revisan las condiciones en enero, cuando el Euribor estaba al 0,575%, y se le suma el diferencial, que pactó al 0,5%, con su entidad financiera. El interés a pagar sería del 1,075% y las cuotas resultantes ascenderían a 463,25 euros al mes. Pero si tiene un suelo hipotecario del 4% tendrá que pagar 605,98 euros mensuales. Cada mes 142,73 euros más de lo fijado en el mercado. Al año, 1.712,76 euros más).

¿Cómo saber si tu hipoteca tiene cláusula suelo?

Esta cláusula aparece en la escritura del préstamo hipotecario. Viene con denominaciones como: “límites a la aplicación del interés variable”, “límite de la variabilidad” o “tipo de interés variable”. Cuenta con cinco o seis líneas en las que se establece que el interés nunca podrá ser inferior, en el caso del suelo, o superior, en el caso del techo, a un porcentaje determinado.

 ¿Es la cláusula suelo hipotecaria ilegal?

La inclusión de una cláusula suelo en un préstamo hipotecario es, en principio, LEGAL. Sin embargo, tal y como ha dictado el Tribunal Supremo recientemente, no se cuestiona su legalidad si no su falta de transparencia e información al cliente, a la hora de constituirse y firmarse el préstamo.

Las cláusulas suelo de un crédito hipotecario son un elemento definitorio del objeto principal del contrato y no pueden ser tratadas por las entidades financieras, como si se trataran de un elemento secundario o accesorio del contrato. De tal forma que “… se ubican entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluye la atención del consumidor”.

Muchos clientes han firmado con sus bancos su hipoteca sin saber qué es una cláusula suelo, y qué consecuencias tiene, y eso ha provocado en determinadas operaciones, que esa cláusula suelo pueda considerarse abusiva o “poco transparente”, y por tanto, susceptible de ser reclamada judicialmente con un alto índice de probabilidades de éxito. De conformidad con la estricta normativa que afecta a las entidades financieras, reguladora de los créditos hipotecarios, de las condiciones generales de contratación, y de leyes y normas de defensa de Consumidores y usuarios.

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