OTRA AUDIENCIA PROVINCIAL CONFIRMA LA CONDENA A BANKIA POR LA VENTA DE ACCIONES
Una nueva sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia confirma la condena a Bankia por la venta de acciones en julio de 2011, y le obliga a devolver a un inversor la cantidad depositada, más el interés legal de dicha cantidad.
La sentencia, primera de la Audiencia Provincial en esta provincia, desestima el recurso de apelación interpuesto por la entidad bancaria, frente a otra resolución dictada por el Juzgado número 5. De este modo, el documento sienta precedente y crea jurisprudencia ante los numerosos pleitos que están dilucidándose en primera instancia.
De acuerdo con los datos contenidos en la sentencia, el inversor destinó 7.166,25 euros a la compra de 1.911 acciones de Bankia, en la oferta lanzada en julio del año 2011.
En sus fundamentos de derecho, la sentencia analiza los argumentos presentados por las partes y recuerda que existe un proceso penal abierto a nivel nacional sobre si existe falsedad o irregularidad en las cuentas elaboradas por Bankia. Pero sí determina la Audiencia Provincial que no aprecia ninguno de los motivos de impugnación presentados por la entidad bancaria, de modo que confirma íntegramente la sentencia del Juzgado número 5 e impone el pago de las costas a Bankia.
Mantiene la sentencia que la publicidad que a modo de reclamo se hizo sobre las acciones de Bankia “transmitió una información financiera y contable de dicha entidad que no se acomodaba a la realidad, pues en lugar de estar en presencia de una entidad puntera, plenamente saneada y con perspectivas de futuro de reforzamiento de su solvencia, se estaba en presencia de una entidad con graves dificultades económicas que desembocó en pocos meses en su intervención y su rescate con dinero público”.
La demanda inicial fue presentada en otoño de 2014. El juicio se celebró en marzo, y la primera sentencia apareció en mayo, momento en que fue recurrida, y ahora, con desestimación del recurso, se dicta sentencia firme.
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