CONDENAN A BANKIA A DEVOLVER A UNA ANCIANA 72.000 € EN PREFERENTES

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CONDENAN A BANKIA A DEVOLVER A UNA ANCIANA 72.000 € EN PREFERENTES

Los ahorros de la mujer, interna en una residencia, se usaron desde las Islas Caimán

La afectada ya vivía en la residencia de ancianos cuando el director de su sucursal de Bancaja en Valencia se acercó hasta allí para que firmara unos papeles. Analfabeta y nonagenaria, desconocía que estaba firmando la conversión de 72.000 euros de productos financieros complejos —preferentes y subordinadas— en acciones de la entidad. La anciana, desde su retiro, también desconocía adónde habían ido a parar sus ahorros, lo que ella llamaba el “plazo fijo”. Nada menos que a las Islas Caimán, destino de su inversión, desde donde la extinta caja de ahorros invertía en Bolsa con el dinero de sus clientes comerciales pese a prohibirlo la legislación española primero y, luego, la normativa de la Unión Europea.

Ajena por completo al procedimiento judicial —instado por su familia—, debido a su avanzada edad y a su frágil estado de salud, un juzgado de Valencia ha condenado a Bankia, como sucesora de Bancaja, a devolverle los 72.000 euros con sus intereses legales, además de las costas procesales. La sentencia declara nulos los contratos de suscripción de las preferentes y su posterior canje por acciones de la entidad. Consciente del varapalo que está sufriendo en los tribunales, Bankia ha optado por no recurrir el fallo y ya ha devuelto el dinero.

La anciana dependiente de 93 años “no reúne el perfil propio de un inversor en productos complejos y de alto riesgo”, sentencia el magistrado del juzgado de primera instancia número 17 de Valencia. “Nunca ha sido consciente de haber autorizado la inversión y pese a requerirlo reiteradamente nunca se le han facilitado los documentos suscritos con tal fin”, añade la sentencia. Por último, el juez anula el canje de estos productos financieros en acciones del banco, cuando salió a Bolsa, al tratarse de una misma política comercial unida a la tenencia de preferentes y subordinadas. Y considera, por tanto, que si las primeras son nulas, también lo es su conversión en acciones.

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