BANKIA CONDENADA A DEVOLVER 259.300 EUROS A CLIENTES DE PREFERENTES

caja madridBANKIA CONDENADA A DEVOLVER 259.300 EUROS A CLIENTES DE PREFERENTES

La sucursal dijo a los demandantes que era una imposición a plazo fijo a cinco años y que podían recuperar el dinero en 48 horas

Una matrimonio de Tarragona, de avanzada edad y con un hijo minusválido a su cargo, depositó todos sus ingresos en participaciones preferentes de Caja Madrid después de que el personal de la sucursal les dijera que se trababa de un producto seguro, como si fuera a plazo fijo, y que podían recuperar el dinero al día siguiente. Ahora, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tarragona ha condenado a Bankia a devolver a la familia los 259.300 euros más los intereses legales, descontando aquellos que en su día cobraron. La sentencia es firme ya que, si bien la entidad bancaria quería apelar, no pagó los 800 euros de tasas judiciales.

En la demanda presentada se recoge que los demandantes «sin estudios o titulación o conocimientos financieros y con un perfil muy conservador», cuando venció sus imposiciones a plazo fijo, recibieron de una empleada de Caja Madrid la propuesta de invertir su dinero en participaciones preferentes. Y así lo hizo. En mayo de 2009 el matrimonio suscribió por un importe de 31.300 euros y en octubre, por 228.000. Ese dinero correspondía a sus ahorros, el dinero de una herencia y la indemnización por prejubilación del hombre.

Los afectados, según la sentencia, no recibieron el folleto informativo de la emisión. Además, se les informó que se trataba de un producto como una imposición a plazo fijo a cinco años, con una rentabilidad del siete por ciento y una disponibilidad inmediata, pudiendo recuperar su dinero en 48 horas.

No fue hasta mayo de 2013, al recibir la comunicación del canje de sus participaciones por acciones –según la resolución de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, el FROB–, cuando la familia fue consciente de la pérdida sufrida. Incluso en 2012, cuando acudió a la oficina ante las noticias en los medios de comunicación, comprobó que no tenía contratado un plazo fijo, sino preferentes. Se le comunicó que no era el momento oportuno para vender porque la entidad había sido intervenida, pero era más segura que nunca y que en poco tiempo recuperaría sus ahorros.

Para más inri, el test de conveniencia –que se realiza para constatar que la persona conoce lo que está adquiriendo– sólo fue elaborado respecto al hombre y no por su esposa –que era cotitular de los fondos–, que carece de estudios. Además, se elaboró con respuestas predeterminadas por la entidad, con cruces ya marcadas en el impreso. Asimismo, las indicaciones del propio test inducen a confusión al consumidor, como la calificación el producto como renta fija o inversión de bajo riesgo.

No Comment

You can post first response comment.

Leave A Comment

Please enter your name. Please enter an valid email address. Please enter a message.

Síguenos en Twitter

Síguenos en Facebook