La UE apretó el 7 de junio el botón rojo de Popular al decretar su resolución. Se produjo así el rescate interno por los accionistas, con la desaparición de los 4.200 millones de títulos, y la volatilización de la deuda de peor calidad de la entidad que entonces presidía Emilio Saracho. Se evaporaron sus bonos contingentes convertibles (cocos) por unos 1.350 millones de euros, que se transformaron en acciones después amortizadas. También se desintegraron unos 685 millones en deuda subordinada.
Ante el riesgo de que se produjera uno de los peores escenarios posibles, que finalmente se materializó, el mercado de los seguros que protegen a los dueños de la deuda enloqueció. Los famosos credit default swaps (CDS) sobre la deuda subordinada de Popular eran el escudo ante una intervención de la entidad.
La Asociación Internacional de Swaps y Derivados (ISDA, por sus siglas en inglés), que vigila el buen funcionamiento de estos instrumentos, no tardó en actuar. Dos días después de la resolución y posterior adjudicación a Santander, el 9 de junio, determinó que se daban las circunstancias para activar esos seguros. Fue por unanimidad absoluta de los miembros del comité, en el que están representadas todas las partes: los compradores (los que apuestan por el impago) y los vendedores (que cargan con el coste en caso de que se produce el impago), como ha publicado Bloomberg en la mañana del miércoles.
La ISDA es una suerte de tribunal que controla que los derivados no cotizados (OTC, en la jerga) sirvan para lo que fueron creados. En él se sientan como miembros de primera línea –también hay asociados y suscriptores– un total de 211 entidades financieras, entre ellas Santander y BBVA.
Los bonos susceptibles de estar blindados por un CDS son los Tier 2, puesto que los cocos fueron convertidos en acciones antes de ser aniquilados. Los datos de la ISDA revelan que a cierre del 9 de junio había contratos de CDS que cubrían un importe neto de 161,8 millones de dólares en deuda de Popular (unos 138 millones de euros), si bien los datos no discriminan entre la deuda sénior, que no cayó en impago al ser asumida íntegramente por Santander, y la subordinada, que se ha volatilizado.
De hecho, los CDS sobre la deuda sénior de Popular, que cotizaban antes de la resolución en el entorno de los 500 puntos básicos –es decir, para asegurar 10 millones de euros eran necesarios 0,5 millones–,cayeron hasta el entorno de los 80 puntos básicos, niveles solo ligeramente superiores a los que cotizan los del Santander, y a los que se mantienen ahora, según Reuters. Fue la tranquilidad de que esa deuda caía desde ese momento dentro del paraguas del banco que preside Ana Botín.
El problema de los CDS activos es que, pese a que los jueces han decretado unánimemente que se ha producido un evento de crédito, no se ponen de acuerdo sobre cómo debe pagarse a los dueños de esos blindajes.
Se han producido ocho reuniones adicionales desde la primera para determinar si para calcular la compensación que se entregará a los dueños de las coberturas se descontarán los eventuales derechos “retenidos” que aún conservan los antiguos propietarios de la deuda y que pueden traducirse en litigios o en restituciones por parte del propio Santander, como explica la ISDA en una nota del pasado 3 de julio. El organismo pidió incluso que le hicieran llegar sugerencias sobre qué decisión debía tomar. Si se tienen en cuenta esos derechos, recibirán menos por los CDS.
El siguiente paso, una vez resueltas las dudas, será celebrar una subasta para fijar los precios de los derechos de cobro de los CDS. El dueño del CDS entregará el bono y se le devolverá su inversión; si no tiene deuda porque los compró para especular, se le liquidará respecto al precio fijado. Para un precio de 16 euros, el inversor recibirá la diferencia hasta 100: 84 euros. En función de si se tienen en cuenta los derechos a litigar o no, el precio fijado será más o menos elevado.
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